TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS CAPITULO XVII - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION INCISO 19 - TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Artículo 244
Autorízase al Tribunal de lo Contencioso-Administrativo para adquirir
una camioneta hasta la cantidad de $ 500.000 (quinientos mil pesos).
Exonérase de todo recargo, impuestos nacionales, deudas de aduana, así
como el depósito previo, impuesto a las transferencias de fondos al exterior, tasas portuarias y demás gravámenes, tributos y derechos que puedan corresponder a la importación del vehículo que se adquiere.