REGIMEN DE SUBSIDIOS Y PENSIONES MILITARES




Promulgación: 23/11/1970
Publicación: 26/11/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 1037

Artículo 9

   Decláranse conferidas a título legal, las cuotas pensionarias a hijos 
adoptivos y hermanas de causantes fallecidos con anterioridad al 12 de noviembre de 1942, siempre que llenen los requisitos legales correspondientes.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.
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