El Instituto tendrá los siguientes cometidos:
A) Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de tecnología agropecuaria;
B) Preparar y ejecutar los planes de generación de tecnología para el
área agropecuaria, de acuerdo a los lineamientos de política económica y
tecnología sectorial;
C) Promover la difusión del conocimiento generado, articulando los
componentes del proceso de generación con los sistemas públicos y privados
de transferencia y adopción de tecnología;
D) Promover la capacitación y perfeccionamiento profesional;
E) Establecer relaciones de cooperación recíproca con instituciones
públicas y privadas, nacionales o extranjeras y con organismos
internacionales que permitan el óptimo aprovechamiento de los recursos
disponibles en beneficio del país.
Quedan excluidos de los cometidos del Instituto el contralor y la
inspección de la producción agropecuaria, sin perjuicio del apoyo que
pueda brindar al respecto en lo que es materia propia de su
especialización.