CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION AGROPECUARIA - POLITICA AGROPECUARIA




Promulgación: 06/10/1989
Publicación: 31/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO

Artículo 7

   La retribución mensual del Presidente de la Junta Directiva será
equivalente a la de Subsecretario de Estado.
   Los restantes miembros titulares de la misma serán remunerados mediante
el régimen de dieta por sesión. Fíjase en el equivalente a un salario
mínimo nacional por sesión la dieta a que refiere el inciso anterior, con
un mínimo de cuatro sesiones mensuales. Dicho importe se ajustará en el
mismo porcentaje y oportunidades en que se incremente la retribución del
Presidente.
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