Cométese al Poder Ejecutivo a transferir al Instituto Nacional de
Investigación Agropecuaria los cometidos y atribuciones en materia de
Investigación veterinaria directamente relacionados a los objetivos del
mismo, asignados actualmente al Centro de Investigación Veterinaria
"Miguel C. Rubino".
Quedarán excluidos de la referida transferencia los demás cometidos y
atribuciones de investigación relativos al contralor del cumplimiento
de disposiciones legales y reglamentarias y los vinculados a las
campañas sanitarias, que continuarán en la órbita del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca.
Al realizarse la transferencia de cometidos y atribuciones en materia
de investigación veterinaria, para el traslado de los funcionarios
afectados a dichas tareas, será aplicable, en lo pertinente, lo
dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Creación del Instituto Nacional
de Investigación Agropecuaria.