TURISMO - REGISTRO DE EMPRESAS DE TURISMO SOCIAL - SALARIO VACACIONAL




Promulgación: 10/11/1989
Publicación: 29/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 639

Artículo 3

   El Ministerio de Turismo confeccionará y pondrá a disposición de los
interesados una publicación anual con toda la información necesaria de las
empresas inscriptas en el Registro, detallando expresamente:

  A) Características de los servicios ofrecidos por la empresa.
  B) Fijación de tarifas preferenciales.
  C) Fichas de comienzo y finalización de la vigencia de dichas tarifas
     preferenciales.
Referencias al artículo
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