SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 36
Fíjanse las siguientes partidas anuales de gastos de funcionamiento
para el Proyecto de Infraestructura social":
Rubro 2: N$ 2.500.000
Rubro 3: N$ 2.500.000
Los artículos relativos a dicha unidad ejecutora tendrán vigencia a
partir de la fecha de promulgación de la presente ley.