SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 41
Autorízase a la Presidencia de la República a contratar hasta diez
funcionarios eventuales, con destino a la atención del Centro de
Visitantes del Parque Nacional de Anchorena.
Las retribuciones y prestaciones sociales que se requieran, serán
atendidas con cargo a los recursos extrapresupuestales de la unidad
ejecutora a cuyo cargo está el referido Parque Nacional.