MODIFICACION DEL DECRETO LEY 14.157, REFERENTE AL PERSONAL MILITAR Y POLICIAL EN ACTIVIDAD Y EN RETIRO




Promulgación: 01/12/1992
Publicación: 14/12/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 1015
Referencias a toda la norma

TITULO II - DEL PERSONAL POLICIAL EN ACTIVIDAD Y EN SITUACION DE RETIRO

Artículo 18

   Los servicios no policiales, públicos o privados, pero anteriores a
éstos, con las quitas establecidas por el artículo 9º de la Ley Nº 12.381,
de 12 de febrero de 1957, y por el artículo 3 de la Ley Nº 13.793, de 24
de noviembre de 1969, no tendrán eficiencia para la integración del
coeficiente establecido en el artículo 22 de la Ley Nº 9.940, de 2 de
julio de 1940, ni para el cálculo que se instituye en los artículos 16 y
17 de la presente ley mientras no se computen diez años de servicios
específicamente policiales. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 19.
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