MARINA MERCANTE




Promulgación: 27/06/1993
Publicación: 09/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 633
Reglamentada por: Decreto Nº 426/994 de 20/09/1994.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3

   La matrícula definitiva será concedida por la Prefectura Nacional
Naval. La matrícula provisoria será otorgada por los Cónsules Generales de
la República, con el conocimiento y previa autorización de la autoridad
competente. (*)
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