LEY DE RELACIONES DE CONSUMO. DEFENSA DEL CONSUMIDOR




Promulgación: 11/08/2000
Publicación: 17/08/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 173
Reglamentada por: Decreto Nº 244/000 de 23/08/2000.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XV - ORGANIZACION ADMINISTRATIVA

Artículo 44

 Las infracciones en materia de defensa del consumidor, serán sancionadas
por la Dirección General de Comercio, en subsidio de los órganos o
entidades públicas estatales y no estatales que tengan asignada, por
normas constitucionales o legales, competencia de control en materia
vinculada a la defensa del consumidor. (*)
Referencias al artículo
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