(Educación ambiental).- Las entidades públicas fomentarán la formación
de la conciencia ambiental de la comunidad a través de actividades de
educación, capacitación, información y difusión tendientes a la adopción
de comportamientos consistentes con la protección del ambiente y el
desarrollo sostenible.
A tales efectos, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente priorizará la planificación y ejecución de actividades
coordinadas con las autoridades de la educación, las autoridades
departamentales y locales y las organizaciones no gubernamentales.