PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION II - FUNCIONARIOS
CAPITULO II - RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS

Artículo 16

 Establécese con carácter general que las retribuciones por todo concepto 
de los integrantes de los órganos directivos de las personas públicas no 
estatales no podrán superar, en ningún caso, la de un Subsecretario de 
Estado.

                               
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