PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 316

   Exonérase del pago del impuesto a los servicios registrales establecido por el artículo 83 del Decreto-Ley N° 15.167, de 6 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 437 de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, con la modificación introducida por el artículo 266 de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, a las operaciones realizadas por el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para la ejecución de sus programas de vivienda subsidiados y a los llamados asentamientos irregulares. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 494.
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 316.
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