PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 368

 Asígnase al Comité Ejecutivo del Programa Nacional de Diabetes, Inciso 
12 "Ministerio de Salud Pública", una partida anual de $ 348.600 (pesos 
uruguayos trescientos cuarenta y ocho mil seiscientos) para el período 
2001-2004 para gastos de funcionamiento e inversión a los efectos de la 
creación, instrumentación, actualización y mantenimiento del Registro 
Nacional de Diabetes, el que funcionará en la órbita de dicho 
Ministerio.
Asígnase a la Asociación de Diabéticos del Uruguay y a la Sociedad de 
Diabetología y Nutrición del Uruguay una partida por única vez de $ 
1:162.000 (pesos uruguayos un millón ciento sesenta y dos mil) la que 
será administrada en forma conjunta a efectos de la realización de un 
estudio de prevalencia de la población nacional, con el objetivo de 
determinar dentro de la misma qué proporción es afectada por diabetes. 
Dicho estudio será controlado por la Comisión Asesora de la Diabetes y el 
Comité Ejecutivo del Programa Nacional de Diabetes del Ministerio de 
Salud Pública los que podrán nombrar un auditor. Esta erogación se hará 
efectiva en el ejercicio 2001 y será informada al Poder Legislativo en la 
o las rendiciones de cuentas correspondientes.
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