PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION VI - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 25 - ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA

Artículo 527

 Asígnase las siguientes partidas destinadas a Compensaciones por 
Alimentación sin Aportes de funcionarios docentes y no docentes de la 
Administración Nacional de Educación Pública: $ 207:132.000 (pesos 
uruguayos doscientos siete millones ciento treinta y dos mil), y para el 
año 2001; $ 276:176.000 (pesos uruguayos doscientos setenta y seis 
millones ciento setenta y seis mil) anuales para los años 2002, 2003 y 
2004.
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