PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION VII - RECURSOS
CAPITULO I - NORMAS TRIBUTARIAS

Artículo 574

 Facúltase a exonerar del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la 
asistencia técnica, a grupos de productores que no superen 
individualmente la superficie de 650 hectáreas CONEAT 100.
Estos grupos deberán justificar que su propósito tiene fines de 
superación tecnológica y productiva. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 599 Derogada/o.
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