PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION VII - RECURSOS
CAPITULO II - ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR PUBLICO

Artículo 606

 El tope de deuda a partir del 1º de enero de 2005 y hasta la aprobación 
de una nueva ley de endeudamiento, será el vigente al 31 de diciembre de 
2004, incrementado en U$S 500:000.000,00 (quinientos millones de dólares 
de los Estados Unidos de América).
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