PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION IX - DISPOSICIONES VARIAS
CAPITULO I

Artículo 637

 Serán aplicables a los contratos de crédito de uso operativo definidos 
en el artículo precedente, que se otorguen a partir de la vigencia de la 
presente ley, las previsiones contenidas en la Ley Nº 16.072, de 9 de 
octubre de 1989, en la redacción dada por la Ley Nº 16.205, de 6 de 
setiembre de 1991 y artículos 20 a 24 de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero 
de 1998, con excepción de los artículos 3º, 4º, 11, 12 numeral b), 13, 14 
y los Capítulos VI (Normas Tributarias) y VII (Disposiciones Finales).
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