TITULO III - DEL PATRIMONIO Y LOS RECURSOS CAPITULO UNICO
Artículo 24
El patrimonio de la Caja se integra con:
A) Los bienes, créditos, derechos y acciones que posee
actualmente o adquiera en el futuro.
B) Las prestaciones legales de carácter pecuniario en favor de
la Caja, a cargo de los afiliados activos y pasivos, y
patronos.
C) Las rentas, intereses y beneficios de sus actividades,
inversiones y reservas.
D) El producido de sanciones, multas, recargos e intereses que
correspondan.
E) Los bienes, recursos y contribuciones que por cualquier
título reciba. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.826 de 18/09/2019 artículo 6.
Ver vigencia: Ley Nº 19.826 de 18/09/2019 artículo 35.
Ver en esta norma, artículo:28.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.437 de 20/12/2001 artículo 24.