LEY DE ESTABILIDAD FINANCIERA




Promulgación: 29/05/2002
Publicación: 31/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 929

IMPUESTO DE CONTRIBUCION AL FINANCIAMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 8

 (Derogaciones).- A partir de la entrada en vigencia de las 
modificaciones al Impuesto a las Retribuciones Personales, quedarán 
derogados el impuesto creado por el artículo 587 de la Ley Nº 17.296, de 
21 de febrero de 2001 y el adicional creado por el artículo 1º de la Ley 
Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 1.
Reglamentado por: Decreto Nº 197/002 de 30/05/2002.
Ver en esta norma, artículo: 15.
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