La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, unidad ejecutora
009, programa 005, "Regulación y Control de Servicios de Comunicaciones"
del Inciso 02 "Presidencia de la República", dispondrá además de los
cometidos y poderes jurídicos establecidos en los artículos 86 y 90 de la
Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, los de prevenir conductas
anticompetitivas y de abuso de posición dominante en las actividades
referidas en el artículo 71 de la precitada ley, sin perjuicio de lo
dispuesto en las normas vigentes en materia de servicios públicos y
monopolios legalmente establecidos. (*)