En cumplimiento de las normas sanitarias legales y reglamentarias, el
Profesional Veterinario acreditado tendrá las siguientes obligaciones:
A) Cumplir con los plazos, requisitos y procedimientos determinados por
el Servicio Oficial, en el desarrollo de las actividades sanitarias
que supone la acreditación.
B) Inspeccionar los animales personalmente y de acuerdo con las
exigencias impuestas por las normas sanitarias, antes de certificar.
C) En los sistemas de identificación, aplicar las marcas, caravanas,
tatuajes personalmente, o en su presencia y bajo su supervisión, en
los casos en que las normas sanitarias pongan a cargo del veterinario
de libre ejercicio, dicha obligación.
D) Denunciar la existencia o sospecha de enfermedades de denuncia
obligatoria, inmediatamente de constatadas.
E) Aplicar las medidas sanitarias adecuadas para prevenir la propagación
de enfermedades, de acuerdo a las normas sanitarias y a los manuales
correspondientes.
F) Conocer las normas y procedimientos de los programas sanitarios
correspondientes al Area de Acreditación.
G) Extender las certificaciones en forma correcta y verificar que todos
los datos se ajusten a la realidad.