(Unidad Nacional de Seguridad Vial).- Créase como órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo, la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV).
La UNASEV se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
La UNASEV tiene por finalidad desarrollar la seguridad vial en todo el país impulsando conductas de convivencia armónica de todos los usuarios de la vía pública, a los efectos de proteger la vida y la integridad psicofísica de las personas y contribuir a la preservación del orden y la seguridad vial en las vías públicas de todo el país.(*)
(*)Notas:
Inciso 3º) ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 3.
Inciso 3º) agregado/s por: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 42.