Reglamentada por: Decreto Nº 2/008 de 08/01/2008.
Los usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud tendrán el derecho a participar en los órganos a que refiere el artículo 12 de la presente ley, en los términos que determine su reglamentación.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 77 (vigencia).