CREACION DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD




Promulgación: 05/12/2007
Publicación: 13/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1369
Reglamentada por: Decreto Nº 2/008 de 08/01/2008.
Referencias a toda la norma

Artículo 76

 Hasta la instalación de la Junta Nacional de Salud, las funciones que se
le atribuyen a la misma serán ejercidas por el Ministerio de Salud Pública
y el Banco de Previsión Social, según corresponda.
Facúltase al Poder Ejecutivo a dictar las normas reglamentarias necesarias
que viabilicen la transición hacia el sistema que regirá a partir de la
entrada en vigencia de la presente ley.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 77 (vigencia).
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