POLICIA. LEY DE PROCEDIMIENTO POLICIAL




Promulgación: 05/07/2008
Publicación: 22/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 18
Reglamentada por: Decreto Nº 317/010 de 26/10/2010.
Referencias a toda la norma

TITULO III - LA POLICIA AUXILIAR DE LA JUSTICIA
CAPITULO III - DETENCIONES
SECCION II - REGISTRO PERSONAL

Artículo 46

 (Incautación de efectos).- Cuando en los procedimientos referidos en los
artículos anteriores se incaute cualquier tipo de objeto, se labrará acta,
que será firmada por el personal policial actuante y las personas
involucradas en el procedimiento, extendiéndose a estas últimas copia de
la actuación correspondiente y enterando de inmediato al Juez competente,
estándose a lo que éste resuelva.

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