(Régimen jurídico).- Los Consorcios de Exportación se regirán, en todo lo no modificado en la presente ley, por las normas establecidas en el Capítulo III, de los Grupos de Interés Económico y de los Consorcios, de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, (Sociedades Comerciales), y sus modificativas.