(Objeto).- El objeto principal o exclusivo será el de facilitar, promover, preparar, celebrar, ejecutar o tramitar la exportación de los bienes o servicios producidos por sus integrantes. La producción de los bienes a exportar puede ser individual o conjunta de los miembros del Consorcio de Exportación, considerándose especialmente la complementación productiva entre los integrantes del Consorcio de Exportación y/o terceros.