(Procedimiento obligatorio).- El solicitante o sus causahabientes deberán
presentar el reclamo directamente ante la entidad aseguradora, acreditando
su derecho y el daño, acompañando los elementos de prueba de que dispone
para justificarlos.
Recibido el reclamo, la entidad lo procesará y dará respuesta a los
reclamantes en un plazo no mayor de treinta días hábiles.
Transcurrido el término o en caso de denegatoria, quedará expedita a los
interesados la vía judicial.
El solicitante deberá someterse a la verificación de las lesiones, así
como permitir las diligencias que disponga la entidad aseguradora para
calificar el reclamo solicitado, sin perjuicio de la presentación de los
informes elaborados a su solicitud.