CREACION INSTITUCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (INDDHH)




Promulgación: 24/12/2008
Publicación: 27/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3270
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - FUNCIONAMIENTO DE LA INDDHH

Artículo 62

 (Periodicidad de sesiones extraordinarias).- La INDDHH, celebrará, por lo
menos, un periodo de sesiones extraordinarias en el año. Sin perjuicio,
estará además obligada a convocar a otro periodo de sesiones
extraordinarias en el año, cuando así se lo solicite por escrito, con
indicación del temario a tratar, una mayoría superior al veinte por ciento
del total de las organizaciones sociales habilitadas a participar en las
sesiones extraordinarias de la INDDHH.
El derecho de las organizaciones sociales a solicitar la convocatoria de
un período de sesiones extraordinarias de la INDDHH sólo podrá ejercerse
una vez por año y transcurrido el primer año de funcionamiento de la
INDDHH.
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