Ley N° 18485
DECLARACION DE INTERES NACIONAL. LEY DE PARTIDOS POLITICOS
Promulgación: 11/05/2009
Publicación: 20/05/2009
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 2009
- Página: 1144
Capítulo II
De las campañas electorales
Sección 4ª
De los controles en la campaña electoral
Artículo 37
Sólo se autorizarán los pagos de saldos de contribuciones del Estado, de
acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 26 de la
presente ley, a los partidos políticos que hayan presentado su rendición
de cuentas.
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