SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 04
MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 234
Créase en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", la Unidad de Auditoría
Interna, que estará comprendida dentro de lo dispuesto por el artículo 51
de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996.
Además de sus cometidos naturales, como componente del sistema de control
interno del Inciso, la Unidad deberá prestar su concurso en
investigaciones administrativas e instrucciones sumariales y en las
actuaciones de la Dirección de Asuntos Internos que involucren aspectos
financieros o contables.