SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 10
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Artículo 491
Autorízase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a transferir
fondos con destino a financiar la tarea de la delegación uruguaya en la
Comisión Mixta Uruguayo Brasileña para el Desarrollo de la Cuenca de la
Laguna Merín, por un monto anual de hasta $ 3.000.000 (tres millones de
pesos uruguayos).