(Despenalización).- La interrupción voluntaria del embarazo no será
penalizada y en consecuencia no serán aplicables los artículos 325 y 325
bis del Código Penal, para el caso que la mujer cumpla con los requisitos
que se establecen en los artículos siguientes y se realice durante las
primeras doce semanas de gravidez.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:3, 6, 10 y 15 (vigencia).