Reglamentada por:
Decreto Nº 110/018 de 24/04/2018,
Decreto Nº 270/014 de 22/09/2014.
Artículo 8
Los recursos financieros necesarios para el cumplimiento de las
competencias del órgano regulador serán los correspondientes a la unidad
ejecutora 011 del Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería".