Reglamentada por:
Decreto Nº 110/018 de 24/04/2018,
Decreto Nº 270/014 de 22/09/2014.
Artículo 9
La Autoridad Reguladora es la exclusiva en el país en materia de control
de la emisión de radiaciones ionizantes, contará con independencia técnica
y autonomía técnico-profesional, permaneciendo institucionalmente separada
de toda otra actividad que promueva o desarrolle la tecnología nuclear o
provea servicios afines, con la única excepción de aquellos servicios
esenciales a la seguridad y contralor del personal expuesto y del público,
que no sea brindado por otras instituciones públicas o privadas.