(Patrimonio).- El patrimonio del INUMET se integrará de la siguiente
manera:
A) Con los activos y los pasivos de cualquier naturaleza de la unidad
ejecutora "Dirección Nacional de Meteorología" del Ministerio de
Defensa Nacional, que se transfieren de pleno derecho al servicio
descentralizado creado por esta ley. El Poder Ejecutivo determinará
por resolución los bienes inmuebles comprendidos en esta
transferencia y los registros públicos procederán a su registración
con la sola presentación del testimonio notarial de esa resolución.
B) Con las donaciones o legados que reciba.
C) Con las transferencias de activos que a cualquier título le
realicen el Gobierno Central, los Gobiernos Departamentales y
cualquier otro organismo del Estado.