Reglamentada por: Decreto Nº 387/014 de 29/12/2014.
Artículo 6
(Reglamentación).- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley
fijando las condiciones que deberán cumplir el comitente y/o los pequeños
empresarios contratistas, para poder ejecutar las obras comprendidas en el
artículo 3° al amparo del presente régimen especial.