SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 03
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 118
Increméntase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría de Estado", programa 300 "Defensa Nacional", Financiación 1.1 "Rentas Generales", la partida asignada por el artículo 92 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el artículo 196 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y por el artículo 45 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012, con destino al pago de una compensación especial, en $ 8.239.773 (ocho millones doscientos treinta y nueve mil setecientos setenta y tres pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales.
La suma prevista en el inciso anterior se financiará con la disminución en la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría de Estado", programa 300 "Defensa Nacional" del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", Financiación 1.1 "Rentas Generales", de los siguientes objetos del gasto: