SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 10
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Artículo 371
Transfórmase en el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", la "Dirección Nacional de Planificación y Logística" de la unidad ejecutora 001 "Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes" creada por el artículo 462 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la unidad ejecutora 009, la que tendrá los siguientes cometidos:
A) La planificación estratégica, investigación y estudio para la
toma de decisiones en el ámbito de atribuciones del referido
Inciso.
B) La coordinación de los planes sectoriales de las distintas
unidades ejecutoras del Inciso y en relación a los planes de los
entes autónomos y servicios descentralizados que se vinculan con
el Poder Ejecutivo a través de éste.
C) La promoción de la inversión privada en el sector.
D) La promoción y desarrollo de la actividad logística nacional, en
coordinación con los actores públicos y privados involucrados.
El Poder Ejecutivo determinará los créditos presupuestales, recursos humanos, financieros y materiales a reasignar para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso precedente.
Créase el cargo de Director de la unidad ejecutora Dirección Nacional de Planificación y Logística cuya remuneración será la correspondiente al artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.
Suprímense los cargos de particular confianza de Director Nacional de Planificación y Logística, creado por el artículo 463 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y de Director Nacional de Descentralización y Coordinación Departamental, creado por el inciso segundo del artículo 466 de la Ley N° 18.719, en la unidad ejecutora 001 "Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes".
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo:3 (vigencia).
Ver: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 347 (suprime Unidad Ejecutora
009 " Dirección Nacional de Planificación y Lógistica" ).