SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 15
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Artículo 529
Reasígnase en el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", programa 401 "Red de Asistencia e Integración Social", Financiación 1.1 "Rentas Generales", el crédito presupuestal de los siguientes objetos del gasto:
A) 042.026 "Compensación docente", de la unidad ejecutora 001
"Dirección General de Secretaría", a los objetos del gasto, en
las unidades ejecutoras y en los montos que se detallan a
continuación: 042.400 "Compensación al Cargo", $ 731.801
(setecientos treinta y un mil ochocientos un pesos uruguayos) y
042.521 "Comp. especial por cumplir condiciones especif", $
1.998.715 (un millón novecientos noventa y ocho mil setecientos
quince pesos uruguayos), a la unidad ejecutora 001, "Dirección
General de Secretaría", 042.400 "Compensación al Cargo", $
119.839 (ciento diecinueve mil ochocientos treinta y nueve pesos
uruguayos), en la unidad ejecutora 002 "Dirección de Desarrollo
Social".
B) 095.002 "Fondo para Contratos Temporales de Dcho. Público" $
7.254.406 (siete millones doscientos cincuenta y cuatro mil
cuatrocientos seis pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas
legales, 092.000 "Partidas globales a distribuir", $ 4.131.094
(cuatro millones ciento treinta y un mil noventa y cuatro pesos
uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, de la unidad
ejecutora 001, "Dirección General de Secretaría", programa 401
"Red de Asistencia e Integración Social", al objeto del gasto
042.510 "Compensación especial por funciones especiales", de la
misma unidad ejecutora.
Las reasignaciones dispuestas por este artículo tienen por destino, el pago de una compensación especial para aquellos funcionarios que cumplan tareas especiales de mayor dedicación y responsabilidad en el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social".