El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 08 - MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 106
Autorízase a los funcionarios del Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería" pertenecientes al escalafón CO "Conducción", a percibir la Compensación Especial prevista en el artículo 224 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 194 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, la que será financiada con cargo al objeto del gasto 042.520 "Compensación Especial por cumplir condiciones específicas".
La percepción de la misma quedará sujeta a la efectiva prestación de tareas en el Ministerio de Industria, Energía y Minería y se abatirá en la medida que determine una retribución total superior a la que percibe una función de igual jerarquía en la estructura aprobada.