LEY DE VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES BASADA EN GENERO. MODIFICACION A DISPOSICIONES DEL CODIGO CIVIL Y CODIGO PENAL. DEROGACION DE LOS ARTS. 24 A 29 DE LA LEY 17.514




Promulgación: 22/12/2017
Publicación: 09/01/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 339/019 de 11/11/2019.
Referencias a toda la norma

VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES BASADA EN GÉNERO
CAPÍTULO III - DIRECTRICES PARA LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

Artículo 25

   (Directrices para la fijación de las políticas de defensa nacional).- El Ministerio de Defensa Nacional debe:

   A)   Desarrollar planes y acciones para prevenir, investigar,
        sancionar y reparar la violencia basada en género en el ámbito
        militar (incluyendo las tres fuerzas: la Armada, el Ejército y la
        Aérea) y combatir las prácticas y patrones estereotipados de
        comportamiento que naturalizan la violencia basada en género
        hacia las mujeres. Las acciones a desarrollar deberán incorporar
        un abordaje multidisciplinario e incluirán la difusión de la
        normativa relativa a los derechos humanos de las mujeres y los
        protocolos para su aplicación, la sensibilización y capacitación
        y la información sobre los mecanismos de denuncia.

   B)   Instruir a todo el personal en el más riguroso respeto a los
        derechos sexuales de las mujeres, en el marco de conflictos
        armados o de acciones de prevención o asistencia, rechazando toda
        forma de utilización de la violencia sexual o cualquier forma de
        abuso de poder como arma de guerra. En particular, deberá
        capacitarse en esta temática a militares y civiles previo a su
        participación en las misiones de paz en que interviene el país.

   C)   Adoptar medidas preventivas, correctivas y sancionatorias de toda
        forma de violencia basada en género, sea intrainstitucional o que
        se ejerza respecto a la población por cuya seguridad debe
        velarse, tanto en el país como en las misiones en el exterior,
        teniendo en cuenta las recomendaciones y resoluciones de los
        organismos internacionales en la materia.

   D)   Revisar la normativa militar para eliminar toda forma de
        discriminación de las mujeres en el ingreso o la continuidad de
        la carrera militar.

   E)   Incluir en la currícula de las escuelas de formación militar la
        capacitación en derechos humanos de las mujeres y la violencia
        basada en género.
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