El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
Los beneficiarios del fideicomiso serán, en primer lugar, la Agencia Nacional de Desarrollo en su calidad de administradora de la partición FONDES ANDE de acuerdo con la Ley N°. 19.337 de 20 de agosto de 2015, hasta el total del recupero de su aporte actualizado de acuerdo al índice de Precios al Consumo y, en segundo lugar, los otros aportantes del Fondo por hasta el monto del aporte realizado.