La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, servicio descentralizado, proyectará el estatuto de sus funcionarios, quienes se regirán por la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, y modificativas, hasta tanto entre en vigencia dicho estatuto.
El proyecto de estatuto deberá ser remitido al Poder Ejecutivo dentro de los doce meses siguientes a la promulgación de la presente ley.
(*)
(*)Notas:
Inciso final derogado/s por: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 360.
Inciso final ver vigencia: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 2.
Ver en esta norma, artículo:3 (vigencia).
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 713.