FACULTAD DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Y DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PARA REDUCIR, POSTERGAR O ELIMINAR LAS FERIAS JUDICIALES




Promulgación: 24/06/2021
Publicación: 25/06/2021
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Declárase que el período comprendido entre el 24 de marzo de 2021 y el 30 de junio de 2021, sea en aquellos días en que la Suprema Corte de Justicia o el Tribunal de lo Contencioso Administrativo dispusieron ferias extraordinarias o en aquellos que dispusieron la declaración de días inhábiles, también se rige por lo previsto en los artículos 1° a 6° de la Ley N° 19.879, de 30 de abril de 2020.
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