REGLAMENTACION DE LA ACCION DE REPETICION PREVISTA EN EL ART. 25 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA




Promulgación: 20/09/2024
Publicación: 02/10/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 8

   (Juez competente).- Para conocer en este proceso será competente el mismo tribunal que entendió o al que le hubiese correspondido entender en la primera instancia del juicio de responsabilidad contra el Estado.
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