CORTE ELECTORAL. AUTORIZACION




Promulgación: 19/06/1936
Publicación: 25/06/1936
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 462

Artículo 14

   Las observaciones hechas por los delegados de los partidos se 
establecerán por escrito en hojas separadas que serán agregadas al expediente, debiendo ser firmadas por el delegado y por los funcionarios actuantes.
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