Todo ciudadano natural o legal, está obligado a prestar juramento de
fidelidad a la Bandera Nacional, en acto público y solemne.
La Universidad y la Enseñanza Secundaria, así como todos los Institutos
privados de enseñanza secundaria y profesional, dispondrán que en sus respectivos locales los alumnos presten ese juramento en idénticas condiciones.
El Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social no expedirá
títulos profesionales o técnicos sin que el interesado acredite en forma el cumplimiento de esa obligación.